Artículo publicado en informacionalconsumidor.com
Introducción
Requisitos de la producción ecológica
Agricultura ecológica
Ganadería ecológica
Regulación
Identificación de alimentos ecológicos
Introducción
Los alimentos ecológicos, biológicos u orgánicos
provienen de animales cuya crianza no ha sido potenciada con productos
químicos, hormonas o medicamentos, y de cultivos que no han sido
tratados con pesticidas sintéticos ni sometidos a procesos artificiales
y que hacen un uso mínimo de fertilizantes y pesticidas.
La producción agraria ecológica, biológica, u orgánica constituye un
conjunto de técnicas que excluyen el uso de productos químicos de
síntesis como fertilizantes, plaguicidas, o antibióticos, para
preservar el medio ambiente, mantener o aumentar la fertilidad de los
suelos y proporcionar alimentos con todas sus propiedades naturales
(Mariné, A. 2006).
La agricultura ecológica tiene sus raíces en las prácticas de
agricultura tradicional que evolucionaron en numerosas aldeas y
comunidades granjeras a lo largo del milenio. Mediante ensayos de
prueba y error, los granjeros transmitieron sus mejores resultados de
generación en generación. La cara moderna de la agricultura ecológica
surgió a finales de los 60, cuando granjeros y consumidores empezaron
a darse cuenta de que la gran cantidad de productos químicos
utilizados tanto en los cultivos como en la producción animal podrían
tener consecuencias negativas para la tierra y los hombres (FAO, 2003)
Es en los años 60 y, sobre todo, en los años setenta, cuando se inicia
una toma de conciencia muy importante por proteger el medio ambiente,
donde encaja muy bien la agricultura ecológica. Pero realmente, es a
partir de los años ochenta cuando la agricultura ecológica empieza a
despertar el interés por esta nueva forma de producción en la mayor
parte de los países europeos y en otros como los Estados Unidos,
Canadá, Australia y Japón, Desde hace 10 años, la agricultura ecológica
viene creciendo rápidamente. Las áreas de cultivo orgánico certificadas
en 2007 cubrían 32 millones de hectáreas —un tercio de las cuales
corresponden a tierras cultivables y cultivos permanentes y dos
tercios, a pastizales y pastos permanentes— y 33 millones de hectáreas
de terrenos certificados de cultivos orgánicos silvestres (FAO, 2009).
provienen de animales cuya crianza no ha sido potenciada con productos
químicos, hormonas o medicamentos, y de cultivos que no han sido
tratados con pesticidas sintéticos ni sometidos a procesos artificiales
y que hacen un uso mínimo de fertilizantes y pesticidas.
La producción agraria ecológica, biológica, u orgánica constituye un
conjunto de técnicas que excluyen el uso de productos químicos de
síntesis como fertilizantes, plaguicidas, o antibióticos, para
preservar el medio ambiente, mantener o aumentar la fertilidad de los
suelos y proporcionar alimentos con todas sus propiedades naturales
(Mariné, A. 2006).
La agricultura ecológica tiene sus raíces en las prácticas de
agricultura tradicional que evolucionaron en numerosas aldeas y
comunidades granjeras a lo largo del milenio. Mediante ensayos de
prueba y error, los granjeros transmitieron sus mejores resultados de
generación en generación. La cara moderna de la agricultura ecológica
surgió a finales de los 60, cuando granjeros y consumidores empezaron
a darse cuenta de que la gran cantidad de productos químicos
utilizados tanto en los cultivos como en la producción animal podrían
tener consecuencias negativas para la tierra y los hombres (FAO, 2003)
Es en los años 60 y, sobre todo, en los años setenta, cuando se inicia
una toma de conciencia muy importante por proteger el medio ambiente,
donde encaja muy bien la agricultura ecológica. Pero realmente, es a
partir de los años ochenta cuando la agricultura ecológica empieza a
despertar el interés por esta nueva forma de producción en la mayor
parte de los países europeos y en otros como los Estados Unidos,
Canadá, Australia y Japón, Desde hace 10 años, la agricultura ecológica
viene creciendo rápidamente. Las áreas de cultivo orgánico certificadas
en 2007 cubrían 32 millones de hectáreas —un tercio de las cuales
corresponden a tierras cultivables y cultivos permanentes y dos
tercios, a pastizales y pastos permanentes— y 33 millones de hectáreas
de terrenos certificados de cultivos orgánicos silvestres (FAO, 2009).
Requisitos de la producción ecológica
Agricultura ecológica
Los productores de la agricultura ecológica deben cumplir una serie de condiciones:
– Respetar la normativa de control de los tratamientos fitosanitarios y zoosanitarios.
– No emplear fertilizantes inorgánicos de síntesis.
– No cultivar las mismas variedades en parcelas en las que no se emplean métodos de agricultura ecológica.
– No emplear productos químicos en el control de plagas y enfermedades,
sino que dicho control se realizará mediante el cultivo de variedades y
especies adecuadas, la aplicación de un adecuado sistema de rotación de
cultivos, empleo de predadores naturales y de productos autorizados en
agricultura ecológica.
– Participar en acciones de formación.
– Someterse al control del organismo certificador.
El uso de predadores naturales es una forma de la llamada lucha
biológica contra las plagas. Se trata de un sistema de control de
organismos perjudiciales (plagas) que se basa en la potenciación de los
enemigos naturales de la especie o en la interferencia en su ciclo
biológico. Se recurre, por ejemplo, a insectos entomófagos
(depredadores de otros insectos), virus, hongos o bacterias y a la
atracción mediante feromonas sexuales hacia una «trampa». Con este
recurso se evita o reduce el uso de plaguicidas químicos. La
combinación de la lucha química y biológica se designa como lucha
integrada.
En definitiva, este tipo de producción de alimentos emplea, siempre que
sea posible, métodos de cultivo biológicos y tecnologías mecánicas (o
físicas) en contraposición al uso de materiales sintéticos para cumplir
cada función específica dentro del sistema.
– Respetar la normativa de control de los tratamientos fitosanitarios y zoosanitarios.
– No emplear fertilizantes inorgánicos de síntesis.
– No cultivar las mismas variedades en parcelas en las que no se emplean métodos de agricultura ecológica.
– No emplear productos químicos en el control de plagas y enfermedades,
sino que dicho control se realizará mediante el cultivo de variedades y
especies adecuadas, la aplicación de un adecuado sistema de rotación de
cultivos, empleo de predadores naturales y de productos autorizados en
agricultura ecológica.
– Participar en acciones de formación.
– Someterse al control del organismo certificador.
El uso de predadores naturales es una forma de la llamada lucha
biológica contra las plagas. Se trata de un sistema de control de
organismos perjudiciales (plagas) que se basa en la potenciación de los
enemigos naturales de la especie o en la interferencia en su ciclo
biológico. Se recurre, por ejemplo, a insectos entomófagos
(depredadores de otros insectos), virus, hongos o bacterias y a la
atracción mediante feromonas sexuales hacia una «trampa». Con este
recurso se evita o reduce el uso de plaguicidas químicos. La
combinación de la lucha química y biológica se designa como lucha
integrada.
En definitiva, este tipo de producción de alimentos emplea, siempre que
sea posible, métodos de cultivo biológicos y tecnologías mecánicas (o
físicas) en contraposición al uso de materiales sintéticos para cumplir
cada función específica dentro del sistema.
Ganadería ecológica
La producción ecológica no sólo afecta a productos
vegetales, sino que también hay productos ecológicos de origen animal,
en los que se limita especialmente el recurso de tratamientos
farmacológicos para garantizar productos sin residuos de antibióticos y
otros fármacos.
La ganadería ecológica tiene en cuenta la habitabilidad de las granjas
para evitar el estrés de los animales y potenciar su crecimiento en
«semilibertad» o en libre pastoreo, permitiendo que los animales se
desarrollen en función de sus ritmos naturales. Los animales no se
someten a manipulaciones artificiales ni se adoptan técnicas de
producción intensiva, no se practica la inseminación artificial ni se
emplean hormonas (las cuales tampoco se permiten en la Unión Europea en
la ganadería convencional).
La alimentación de los animales se basa en pastos naturales, leche
preferiblemente de la propia madre y, obviamente, piensos y forrajes
también ecológicos, sin ingredientes transgénicos. Los métodos
terapéuticos son, preferentemente, con productos y medicinas
alternativos, sin la utilización de antibióticos ni hormonas. Es
interesante destacar que la ganadería ecológica potencia variedades
autóctonas, mejor adaptadas a las condiciones de la zona de producción.
La ganadería ecológica utiliza recursos naturales renovables
(estiércol, cultivos de leguminosas, cultivos forrajeros), en el marco
de una serie de relaciones complementarias suelo-plantas,
plantas-animales y animales-suelo.
Las materias primas para la alimentación de animales criados de acuerdo
a los principios ecológicos deben ser preferentemente de origen
vegetal: cereales, leguminosas, semillas y frutos oleaginosos,
tubérculos, melaza, harina de algas, polvos y extractos de plantas y
hierbas. También se pueden utilizar para su alimentación ingredientes
de otro origen: minerales, vitaminas preferentemente derivadas de
materias primas normalmente presentes en la alimentación animal,
enzimas, microorganismos autorizados, conservantes y otros aditivos no
sintéticos.
El ganado vacuno es el mayoritario en la ganadería ecológica, seguido
del ovino, caprino, la avicultura y el porcino. La producción animal
ecológica también incluye leche, huevos y miel. En la producción y el
manejo de estos productos ecológicos se siguen condiciones rigurosas de
higiene que, a grandes rasgos, son las mismas que para la crianza y
producción clásicas, con alguna especificidad derivada de la naturaleza
del producto (Mariné, A. 2006).
vegetales, sino que también hay productos ecológicos de origen animal,
en los que se limita especialmente el recurso de tratamientos
farmacológicos para garantizar productos sin residuos de antibióticos y
otros fármacos.
La ganadería ecológica tiene en cuenta la habitabilidad de las granjas
para evitar el estrés de los animales y potenciar su crecimiento en
«semilibertad» o en libre pastoreo, permitiendo que los animales se
desarrollen en función de sus ritmos naturales. Los animales no se
someten a manipulaciones artificiales ni se adoptan técnicas de
producción intensiva, no se practica la inseminación artificial ni se
emplean hormonas (las cuales tampoco se permiten en la Unión Europea en
la ganadería convencional).
La alimentación de los animales se basa en pastos naturales, leche
preferiblemente de la propia madre y, obviamente, piensos y forrajes
también ecológicos, sin ingredientes transgénicos. Los métodos
terapéuticos son, preferentemente, con productos y medicinas
alternativos, sin la utilización de antibióticos ni hormonas. Es
interesante destacar que la ganadería ecológica potencia variedades
autóctonas, mejor adaptadas a las condiciones de la zona de producción.
La ganadería ecológica utiliza recursos naturales renovables
(estiércol, cultivos de leguminosas, cultivos forrajeros), en el marco
de una serie de relaciones complementarias suelo-plantas,
plantas-animales y animales-suelo.
Las materias primas para la alimentación de animales criados de acuerdo
a los principios ecológicos deben ser preferentemente de origen
vegetal: cereales, leguminosas, semillas y frutos oleaginosos,
tubérculos, melaza, harina de algas, polvos y extractos de plantas y
hierbas. También se pueden utilizar para su alimentación ingredientes
de otro origen: minerales, vitaminas preferentemente derivadas de
materias primas normalmente presentes en la alimentación animal,
enzimas, microorganismos autorizados, conservantes y otros aditivos no
sintéticos.
El ganado vacuno es el mayoritario en la ganadería ecológica, seguido
del ovino, caprino, la avicultura y el porcino. La producción animal
ecológica también incluye leche, huevos y miel. En la producción y el
manejo de estos productos ecológicos se siguen condiciones rigurosas de
higiene que, a grandes rasgos, son las mismas que para la crianza y
producción clásicas, con alguna especificidad derivada de la naturaleza
del producto (Mariné, A. 2006).
Regulación
En 1991 el Consejo aprobó el Reglamento 2092/91
sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos
agrarios y alimenticios, que describe de forma detallada cómo tienen
que producirse, procesarse y envasarse los alimentos para que se
ajusten a la descripción de “ecológicos”. El reglamento especifica
además los criterios para la inspección y posterior certificación de
los productores, importadores y procesadores de alimentos.
A finales de 2005, la Comisión Europea adoptaba una proposición para un
nuevo reglamento sobre producción ecológica para mejorar la información
que recibe el consumidor. Según estas condiciones, al menos el 95% del
producto final tiene que ser ecológico para poder llevar la etiqueta
que lo defina como tal. Los productos que contengan organismos
modificados genéticamente (OMG) no podrán llevar esta etiqueta, excepto
si contienen menos de 0,9% de OMG por contaminación accidental
(www.consumaseguridad.com).
El nuevo reglamento, Reglamento 834/2007 del Consejo de 28 de junio de
2007 sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos
deroga el Reglamento 2092/91 anteriormente descrito. Con este
reglamento se pretende establecer un marco comunitario general de
normas sobre producción ecológica vegetal, ganadera y de acuicultura.
En España, el marco legal que regula la producción ecológica
actualmente es el Real Decreto 1852/1993, aunque existen dos
modificaciones posteriores del mismo. La última, del año 2005, protege
el uso de la denominación bio. A partir de esta nueva medida sólo
podrán etiquetarse como productos bio los procedentes de la agricultura
y ganadería ecológicas.
sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos
agrarios y alimenticios, que describe de forma detallada cómo tienen
que producirse, procesarse y envasarse los alimentos para que se
ajusten a la descripción de “ecológicos”. El reglamento especifica
además los criterios para la inspección y posterior certificación de
los productores, importadores y procesadores de alimentos.
A finales de 2005, la Comisión Europea adoptaba una proposición para un
nuevo reglamento sobre producción ecológica para mejorar la información
que recibe el consumidor. Según estas condiciones, al menos el 95% del
producto final tiene que ser ecológico para poder llevar la etiqueta
que lo defina como tal. Los productos que contengan organismos
modificados genéticamente (OMG) no podrán llevar esta etiqueta, excepto
si contienen menos de 0,9% de OMG por contaminación accidental
(www.consumaseguridad.com).
El nuevo reglamento, Reglamento 834/2007 del Consejo de 28 de junio de
2007 sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos
deroga el Reglamento 2092/91 anteriormente descrito. Con este
reglamento se pretende establecer un marco comunitario general de
normas sobre producción ecológica vegetal, ganadera y de acuicultura.
En España, el marco legal que regula la producción ecológica
actualmente es el Real Decreto 1852/1993, aunque existen dos
modificaciones posteriores del mismo. La última, del año 2005, protege
el uso de la denominación bio. A partir de esta nueva medida sólo
podrán etiquetarse como productos bio los procedentes de la agricultura
y ganadería ecológicas.
Identificación de alimentos ecológicos
Existe un logotipo en la Unión Europea de
productos ecológicos (Reglamento (CE) nº 331/2000) para la
identificación de aquellos que cumplen la normativa europea y cuyo uso
en el etiquetado es facultativo y que indica al consumidor que el
producto ha estado sometido al régimen de control que establece la
normativa europea desde su cultivo hasta el envasado y etiquetado
final, o a normas equivalentes si procede de un país tercero. Este
logotipo deberá ir acompañado de la expresión “Agricultura Ecológica -
Sistema de Control CE”, que indica la conformidad con el régimen de
control establecido por el Reglamento (CEE) nº 2092/91 (Ventajas de
Calidad Diferenciada en la Industria Alimentaria, 2008).
productos ecológicos (Reglamento (CE) nº 331/2000) para la
identificación de aquellos que cumplen la normativa europea y cuyo uso
en el etiquetado es facultativo y que indica al consumidor que el
producto ha estado sometido al régimen de control que establece la
normativa europea desde su cultivo hasta el envasado y etiquetado
final, o a normas equivalentes si procede de un país tercero. Este
logotipo deberá ir acompañado de la expresión “Agricultura Ecológica -
Sistema de Control CE”, que indica la conformidad con el régimen de
control establecido por el Reglamento (CEE) nº 2092/91 (Ventajas de
Calidad Diferenciada en la Industria Alimentaria, 2008).
Bibliografía
- Alimentos ecológicos. www.consumaseguridad.com (2006).
- Asociaciones entre el sector público y el sector privado para
fomentar el comercio en relación con la agricultura orgánica: informe
del grupo de trabajo interdepartamental sobre agricultura orgánica. FAO
(2009).
- Informe del grupo de trabajo interdepartamental sobre agricultura orgánica. FAO (2003).
- Mariné, A ; “Alimentos ecológicos”. Master a distancia en nutrición y alimentación. Universidad de Barcelona (2006).
- Ventajas de Calidad Diferenciada en la Industria Alimentaria. Fundación de la Industria de Alimentación y Bebidas (2008).
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